Por Camilo Ernesto Forero
Llama
la atención la poca importancia que se la ha dado al concepto emitido
por la Superintendencia de Industria y Comercio (de Colombia) el pasado 24 de
noviembre sobre el tratamiento de datos personales registrados en redes
sociales.
Establece la entidad que los datos personales registrados en redes
sociales, tales como Facebook, Instagram, Twitter, Snapchat, Tinder,
entre otros, no son competencia de la Ley 1581 de 2012 (Ley de Habeas
Data), debido a que la recolección, uso, circulación, almacenamiento o
supresión de los datos no se realiza en territorio colombiano, pues las
redes sociales en mención no están domiciliadas en el país.
Es decir que los encargados o responsables del tratamiento de los
datos personales registrados en redes sociales tienen absoluta libertad,
sin normativa para recolectar, almacenar, utilizar, circular, suprimir e
inclusive comercializar los mismos. Lo que a su vez implica que los
titulares de los datos personales no tenemos posibilidad de ser
informados del uso que se le ha dado a nuestros datos personales, a
presentar ante la Superintendencia quejas por infracciones en el
tratamientos de los mismos, o peor aún, a revocar la autorización y/o
solicitar la supresión de datos cuando en el tratamiento no se respeten
los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
¿Quién es el mayor beneficiado con este tipo de decisiones?
Con tan solo 30 años de edad Mark Zuckerberg es sin duda alguna uno
de los hombres más poderosos del planeta tierra, sino el más poderoso de
todos. No solo por tener una fortuna valorada en 34.200 millones de
dólares, sino por ser el propietario y mandamás de la base de datos más
grande, autosuficiente y completa del mundo entero.Lo que inicialmente
arrancó como un espacio virtual para compartir fotos y comentarios en
2006 hoy es una fuente de información cuyo valor comercial es
sencillamente incalculable. Facebook y demás redes tienen a su
disposición nuestros nombres, datos de ubicación, conversaciones, fecha
de nacimiento, fotos, gustos e intereses, entre otras muchas “bobaditas”
que colgamos en la web al alcance de un “click”. Ni hablar del negocio
más importante llevado a cabo por Zuckerberg: en febrero de 2014
adquirió WhatsApp por 19 mil millones de dólares, convirtiéndose en el
propietario de nuestras intimidades y conversaciones.
¿No valdría la pena como sociedad replantear el poder que ciegamente
le estamos entregando a diario a estos magnates del internet? Dentro de
poco, Facebook implementará sistemas de comercialización y adquisición
de bienes y servicios a través de su portal, lo que será el absoluto
dominio de la red sobre el hombre. Ya no solo serán propietarios de
nuestros datos personales comunes y corrientes, sino también de nuestra
información financiera.
No se pretende promover la censura en internet, ni mucho menos pues
soy un profundo amante de la democracia que ha traído la web a la
sociedad. Pero no se puede pasar por alto que el mal uso de la
información registrada en internet puede ser catastrófica para el ser
humano.
La reciente visita de Zuckerberg a Bogotá dejó claro que el gobierno
no pretende establecer limitación alguna a los planes corporativos del
magnate en territorio nacional. Los tipos penales de Interceptación de
datos informáticos y violación de datos personales no son más que un
saludo a la bandera en la legislación penal para Facebook y demás redes.
No sobra hacer un llamado de atención a la Superintendencia de
Industria y Comercio para que de alguna forma reevalúe su posición y al
menos ponga sobre la mesa un debate que será de categórica importancia
en este era de la tecnología e información que ya nos carcome. Me
adhiero a la posición de Nelson Remolina Angarita, quien ha sostenido en
repetidas oportunidades que no es posible afirmar que “si no tienes
domicilio en Colombia, no te aplica la Ley 1581 de 2012”.
las2orillas
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